
A consecuencia de ello, Enric solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social el auxilio por defunción de su esposa y la pensión de viudedad, ambas de enero de 1991. Además, aceptó la herencia de su mujer por escritura de marzo de 1991. Por esta escritura me entero de que la madre de Carolina, heredera también en cuanto a su parte de la legítima, había fallecido solamente siete días antes que su hija, en lo que imagino unos días de intenso dolor. A Carolina se le acumulaban las desgracias, a su gravísima enfermedad, un cáncer en estado terminal, había que sumar la muerte de su madre. De alguna manera debieron influirse ambas muertes, quizá la grave enfermedad de la hija precipitó la muerte de la madre, o bien la muerte de la madre influyó en el fatal desenlace de la enfermedad de Carolina. O igual Carolina ya no se enteró de nada, puede que su marido le ocultara la muerte de su madre para evitarle sufrimientos inútiles.